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PARIDAD DEL ALCA:EXISTEN ALGUNAS RESTRICCIONES El Gran Caribe Esta Semana Norman Girvan En
2000, el Congreso de los Estados Unidos promulgó la Caribbean Basin Trade
Partnership Act (CBTPA) o Ley de Asociación Comercial con la Cuenca del
Caribe, conocida como el Proyecto de Ley de Paridad del ALCA. Esto se logró
luego de años de lobbying por parte de los países centroamericanos y de la Caricom,
asì como de la industria del vestido estadounidense. La
CBTPA extendía beneficios tipo TLCAN a la ropa y otros productos que habÍan
estado excluidos de la Caribbean Basin Economic Recovery Act (CBERA) o Ley
de Recuperación Económica de la Cuenca del Caribe de 1983. Las
importaciones estadounidenses de conformidad con la CBERA habían bajado
de $3.200 millones en 1998 a $2.600 millones en 2000, lo que representa
una caída de 19 por ciento a 12 por ciento de todas las importaciones de
los Estados Unidos desde países de la Cuenca del Caribe. El objetivo de
la CBTPA era invertir esa tendencia. El
año 2001 fue el primero en que la CBTPA operó en toda su extensión y un
reciente informe de la Oficina del Representante Comercial de los Estados
Unidos (USTR) al Congreso de ese país brinda una oportunidad para evaluar
el impacto que ha tenido esta ley hasta la fecha. Está
claro que los exportadores de la región están haciendo amplio uso de las
disposiciones de la CBTPA. En los primeros 8 meses de 2001, los envíos
CBTPA hacia los EUA representaron el doble de los del año anterior según
la CBERA, o sea alrededor del 24 por ciento de todas las importaciones
estadounidenses provenientes de países de la Cuenca del Caribe. Pero
el informe del USTR atribuye gran parte de este fenómeno al cambio de las
actuales exportaciones de vestidos de las categorías que antes estaban
excluidas a las que ahora gozan de preferencias comerciales. El informe
destaca que, en realidad, el volumen total de importaciones de vestido por
parte de los EUA desde la Cuenca del Caribe declinó en los primeros 8
meses de 2001. Una
razón para esto es los criterios que se utilizan para optar a la CBTPA. A
fin de poder calificar para las nuevas disposiciones de exención de
impuestos o de cuotas, los vestidos exportados desde la región deben
estar hechos con telas estadounidenses tejidas con hilos estadounidenses y
cortados en los Estados Unidos. Si la tela se corta en partes en la región,
debe tener su origen en los EUA y debe coserse con hilos de los EUA. La
tela fabricada en la región también puede optar a estas disposiciones,
pero sólo si se fabrica con hilos de los EUA y estos productos están
sujetos a una limitación de crecimiento de 16 por ciento anual.
En
otras palabras, existen ciertas restricciones. Como resultado, los
exportadores de vestidos de la Cuenca del Caribe no han hecho más que
reciclar sus importaciones de telas de los Estados Unidos para optar al
trato de la CBTPA. Otra
restricción es el requisito de que los países de la Cuenca del Caribe
adopten procedimientos aduanales tipo TLCAN durante el procesamiento de
las exportaciones, lo cual resulta en problemas en “la aplicación de
ciertas disposiciones sobre las normas técnicas que rigen las
importaciones”, según cita el Informe. Hasta finales de 2001, 10 de los
24 países aún no habían sido designados como totalmente aptos para
optar a la CBTPA. El
Informe del USTR demuestra que la República Dominicana y cinco países
centroamericanos representaron el 82 por ciento de las exportaciones CBERA/CBTPA
a los Estados Unidos en los primeros 8 meses de 2001. Dentro
de la Caricom, Trinidad y Tobago es el principal exportador CBERA/CBTPA,
con metanol como el principal rubro de exportación. El crecimiento ha
seguido acelrándose, con exportaciones que suman US$445 millones en los
primeros 8 meses de 2001, más que en todo 2000.
Jamaica,
con sus exportaciones de vestidos, es el único otro país Caricom que
tiene un volumen importante de exportaciones. Sin embargo, no está claro
si el uso de la CBTPA por parte de exportadores jamaiquinos ha estimulado
el tan deseado repunte del sector del vestido.
(Fin)
22 de Marzo del 2002
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