ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE

TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

 

Cartagena de Indias, 28 de noviembre de 1997

 

Acuerdo No. 6/97

 

ADMISION DE CANADA COMO OBSERVADOR EN LA

ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE

 

El Consejo de Ministros,

 

Vistos:

 

Los Artículos V y IX, literal c del Convenio Constitutivo.

El Acuerdo No. 4-95 aprobado por el Consejo de Ministros en la I Reunión Ordinaria celebrada en la ciudad de Guatemala, Guatemala el 1 de diciembre de 1995.

 

Considerando que:

 

Canadá ha expresado oficialmente a la Asociación de Estados del Caribe su interés en participar como Observador, en las sesiones abiertas del consejo de Ministros y de los Comités Especiales;

 

La Participación del Gobierno de Canadá durante el año de 1997, ha sido muy importante en las actividades orientadas al inicio de la Red de Información y Comunicación de la Asociación de Estados del Caribe;

 

La cooperación debe basarse en los propósitos y principios de la Asociación y en los parámetros establecidos a tal efecto en el Acuerdo No. 4/96;

ACUERDA:

 

Admitir a Canadá como Observador en la Asociación de Estados del Caribe. La participación de este país se acogerá a lo que disponen el Convenio Constitutivo de la Asociación de Estados del Caribe y los Términos y Condiciones para la Participación de Observadores en las Sesiones Abiertas del Consejo de Ministros y de los Comités Especiales.

 

Invitar al Gobierno de Canadá a que continúe con las aportaciones financieras, técnicas y de otro tipo a la Asociación, según lo establecido en el Artículo 9 del Anexo I del Acuerdo No. 4/95, e instruir al Secretario General para que fortalezca e incremente las relaciones con dicho Gobierno a efectos de promover las aportaciones respectivas.