ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE
TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Cartagena de Indias, 28 de noviembre de 1997
Acuerdo No. 6/97
ADMISION DE CANADA COMO OBSERVADOR EN LA
ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE
El Consejo de Ministros,
Vistos:
Los Artículos V y IX, literal c del Convenio Constitutivo.
El Acuerdo No. 4-95 aprobado por el Consejo de Ministros en la I Reunión Ordinaria celebrada en la ciudad de Guatemala, Guatemala el 1 de diciembre de 1995.
Considerando que:
Canadá ha expresado oficialmente a la Asociación de Estados del Caribe su interés en participar como Observador, en las sesiones abiertas del consejo de Ministros y de los Comités Especiales;
La Participación del Gobierno de Canadá durante el año de 1997, ha sido muy importante en las actividades orientadas al inicio de la Red de Información y Comunicación de la Asociación de Estados del Caribe;
La cooperación debe basarse en los propósitos y principios de la Asociación y en los parámetros establecidos a tal efecto en el Acuerdo No. 4/96;
ACUERDA:
Admitir a Canadá como Observador en la Asociación de Estados del Caribe. La participación de este país se acogerá a lo que disponen el Convenio Constitutivo de la Asociación de Estados del Caribe y los Términos y Condiciones para la Participación de Observadores en las Sesiones Abiertas del Consejo de Ministros y de los Comités Especiales.
Invitar al Gobierno de Canadá a que continúe con las aportaciones financieras, técnicas y de otro tipo a la Asociación, según lo establecido en el Artículo 9 del Anexo I del Acuerdo No. 4/95, e instruir al Secretario General para que fortalezca e incremente las relaciones con dicho Gobierno a efectos de promover las aportaciones respectivas.