ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE

TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

 Cartagena de Indias, 28 de noviembre de 1997

 

 

Acuerdo No. 2/97

PRESUPUESTO DE LA ASOCIACION PARA EL BIENIO 1998 –1999

 

 

El Consejo de Ministros,

 

Vistos:

 

  1. Los Artículos IX ,literal b y XII del Convenio Constitutivo de la Asociación.
  2.  

  3. El Acuerdo 2/95 y el Acuerdo No. 2/96 del Consejo de Ministros.
  4.  

  5. Las recomendaciones presentadas por el Comité de Presupuesto y Administración, adoptadas durante las reuniones III, IV y V, celebradas en St. George's, Granada, Puerto España, Trinidad y Tobago y Cartagena de Indias, Colombia.

 

Aprueba:

 

  1. Mantener la estructura y porcentajes establecidos en el Acuerdo 2/95 del Consejo de Ministros.

 

2. Establecer las características del Presupuesto de la siguiente manera:

  1. Se mantiene la distribución de cuotas y contribuciones de los Miembros conforme se presenta en el Anexo II.
  2. El desglose por partidas tendrá las siguientes proporciones:

- Consejo de Ministros 5.3 % del presupuesto

* Personal Local 5.1 % del presupuesto

* Viajes Oficiales 6.7 % del presupuesto

*Gastos Administrativos Generales 11.7 % del presupuesto

* Consultores y Reuniones 15.7% del presupuesto

 

c. El Presupuesto de gastos de la Asociación para 1998 y 1999 estará calculado sobre una recaudación de cuotas de 1.199,502 dólares de los Estados Unidos de América.

 

3. Autorizar al Comité Especial de Presupuesto y Administración para que analice y decida sobre la revisión y modificación del desglose por partidas, previa solicitud de la Secretaría, en cualquiera de las siguientes circunstancias:

 

  1. Sí los Gobiernos de Costa Rica, Nicaragua y Haití en calidad de Estados Miembros y Francia en calidad de Estado Asociado, ratifican el Convenio Constitutivo de la Asociación y efectúan los pagos de las contribuciones correspondientes.
  2.  

  3. Sí cualquiera de los Estados, Países y Territorios a los cuales está abierta la participación como Miembro Asociado, de conformidad con el Artículo IV, numeral 2 del Convenio Constitutivo de la Asociación, firma y ratifica el Convenio Constitutivo y efectúa el pago de las contribuciones correspondientes.

 

  1. Mantener la estructura y composición del Personal Internacional de la Secretaría General, aprobada mediante el Acuerdo No. 2/95.
  2.  

  3. Mantener la estructura y composición del Personal Local de acuerdo con lo establecido en la IV Reunión del Comité Especial de Presupuesto y Administración, hasta que la Secretaría prepare una propuesta de escala salarial y un sistema de evaluación de su Personal, para ser considerada en la primera reunión del Comité Especial de 1998.
  4.  

  5. Tomar nota de los Informes de los Estados Financieros y del Balance del presupuesto presentado por el Auditor Externo correspondiente a la Secretaría General para el año de 1996.
  6.  

  7. Continuar con los servicios de auditoría de la Firma Ernst & Young, para el año contable de 1997.
  8.  

  9. Autorizar a la Secretaría para contratar al Administrador de Red Local por un período que será determinado durante la primera reunión del Comité de Administración y Presupuesto de 1998.