ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE

TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Cartagena de Indias, 28 de noviembre de 1997

 

Acuerdo No. 12/97

 

REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO Y

ADMISION DE LOS ACTORES SOCIALES

 
El Consejo de Ministros,

 

Vistos:

a     El Articulo IX del Convenio Constitutivo de la Asociación de Estados del Caribe

b    El Acuerdo No. 5/95 adoptado por el Consejo de Ministros en su I Reunión Ordinaria celebrada en Guatemala, en diciembre de 1995.
 

Considerandos:
 

Que se hace necesario determinar los criterios y el procedimiento para reconocer y aceptar a los Actores Sociales en los trabajos y reuniones del Consejo de Ministros y de los Comités Especiales de la Asociación.

Acuerda que:

1    Aprobar el Reglamento para el reconocimiento y admisión de los Actores Sociales de conformidad con el Anexo I