ASOCIACION DE ESTADOS DEL CARIBE
TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Cartagena de Indias, 28 de noviembre de 1997
Acuerdo No. 12/97
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO Y
ADMISION DE LOS ACTORES SOCIALES
El Consejo de Ministros,
Vistos:
a El Articulo IX del Convenio Constitutivo de la Asociación de Estados del Caribe
b El Acuerdo No. 5/95 adoptado por el Consejo de Ministros en su I Reunión Ordinaria celebrada en Guatemala, en diciembre de 1995.
Considerandos:
Que se hace necesario determinar los criterios y el procedimiento para reconocer y aceptar a los Actores Sociales en los trabajos y reuniones del Consejo de Ministros y de los Comités Especiales de la Asociación.
Acuerda que:
1 Aprobar el Reglamento para el reconocimiento y admisión de los Actores Sociales de conformidad con el Anexo I